Catalina Pulido

¿Qué dice la ley sobre el uso del cinturón de seguridad?

8 de Julio de 2019
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La detención de Catalina Pulido abre el debate.

Revuelo en redes sociales ha generado el video que muestra la detención de Catalina Pulido por parte de carabineros. La actriz protagonizó un tenso forcejeo con la policía nacional luego de rehusarse a recibir una infracción por manejar sin cinturón de seguridad.

Las declaraciones de la panelista entremedio del altercado abrieron el debate. En el registro defiende su falta aseverando que en rutas montañosas las personas no se deben usar el cinturón.

"Esto es un camino de montaña, no puedo estar con cinturón porque si desbarranco me tengo que tirar", reiteró en varias ocasiones.

Pero, ¿Qué dice la ley al respecto? Desde AR13 nos comunicamos con la Comisión nacional de Seguridad de Tránsito, Conaset, y nos señalaron que la Ley de Transporte indica que el cinturón de seguridad es de uso obligatorio tanto para los ocupantes de los asientos traseros como delanteros.

Lee el detalle del artículo a continuación:

“El uso de cinturón de seguridad será obligatorio  para los ocupantes de los asientos delanteros. Igual obligación regirá para los ocupantes de asientos traseros de vehículos livianos, definidos por el decreto supremo Nº 211, de 1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, cuyo año de fabricación sea 2002 o posterior.

En los servicios de transporte de pasajeros en taxis, cualquiera sea su modalidad, la responsabilidad del uso del cinturón de seguridad recae en el pasajero, salvo que dicho elemento no funcione, en cuyo caso será imputable a su propietario. Se prohíbe el traslado de menores de ocho años en los asientos delanteros en automóviles, camionetas, camiones y similares, excepto en aquellos de cabina simple.

Los conductores, serán responsables del uso obligatorio de sillas para niños menores de cuatro años que viajen en los asientos traseros de los vehículos livianos, de acuerdo a las exigencias y el calendario que fijará el reglamento. Se exceptúan de esta obligación, los servicios de transporte de pasajeros en taxis, en cualquiera de sus modalidades.

Los vehículos de transporte escolar deberán estar equipados con cinturón de seguridad para todos sus pasajeros y su uso será obligatorio en todos los vehículos cuyo año de fabricación sea 2007 en
adelante"

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